Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/01436/2023/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 24/09/2024
Asunto:

Prescripción del derecho a solicitar devoluciones de ingresos indebidos.  Dies a quo del plazo de prescripción cuando el ingreso indebido tiene su origen en la regularización practicada a un obligado tributario distinto del titular del derecho a obtener la devolución. STS de 11-06-2020 (rec. 3887/2017)

 

Criterio:

Atendiendo a lo establecido por el Tribunal Supremo en sentencia de 11-6-2020 (rec. 3887-2017), el dies a quo del plazo de prescripción para solicitar la devolución de los ingresos indebidos que eso supone en quien computó unos ingresos que no eran tales, es la fecha en la que se constata que el ingreso en cuestión ostenta ese carácter (indebido), que no es otra que aquella en la que la Administración -al regularizar el gasto del otro contribuyente- efectúa una calificación incompatible con la condición del ingreso afectado como debido, y ello es conocido por quien (indebidamente) computó esos ingresos correlativos.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 126.2 P
    • 66.c)
    • 67.1.-Ley 34/2015, de 21 de septiembre
    • 68.3
Conceptos:
  • Cómputo
  • Devoluciones
  • Fecha final
  • Ingresos indebidos
  • Plazos
  • Prescripción
  • Solicitud
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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