Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/01218/2022/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 30/01/2025
Asunto:

IRPF. Relación laboral común suspendida por pase a relación laboral especial de alta dirección. Indemnización por cese posterior de la relación laboral común. Actualización del importe exento.

Criterio:

En el supuesto de una relación laboral común suspendida por pase a una relación laboral especial de alta dirección, el importe de la indemnización por cese posterior de la relación laboral común que resultará exento del IRPF se determinará por los salarios dejados de percibir en el momento de suspensión de la relación laboral común, que deben ser actualizados conforme al IPC hasta la fecha del abono efectivo de la indemnización.

Reitera criterio de resolución de fecha 8-03-2018, RG 1476/2014.

Referencias normativas:
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 7.e)
Conceptos:
  • Actualización
  • Cantidad/importe
  • Cese
  • Exenciones
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Indemnizaciones
  • Personal de alta dirección
  • Relación laboral
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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