Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/01136/2020/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 23/06/2022
Asunto:

IAE. Competencia para la gestión censal del IAE en materia de Juegos de azar cuando la Comunidad Autónoma no ha asumido por delegación las competencias de esa gestión.

Criterio:

En materia de Juegos de azar y para el caso de que las Comunidades Autónomas no hayan asumido por delegación competencias en materia de gestión censal del IAE determina que la formación de la matrícula del impuesto se lleva a cabo por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, siendo de aplicación para ello lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas y por la normativa sectorial estatal, esto es, la Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento del juego del bingo.

Reitera resolución RG 00/05572/2019 (22-11-2021).

Referencias normativas:
  • RDLeg 1175/1990 IAE Tarifas e Instrucción
    • Anexo 1.Tarifas
    • Anexo 2.Instrucción
    • Epígrafe 969.3
Conceptos:
  • Competencia
  • Gestión censal
  • Impuesto sobre Actividades Económicas IAE
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas