Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/00946/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 26/05/2021
Asunto:

IRPF. Incremento de la deducción por maternidad por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados del artículo 81.2 de la Ley 35/2006 reguladora del IRPF. Exigencia de la pertinente autorización expedida por la administración educativa competente.

Criterio:

Al tratarse de una medida fiscal vinculada al ámbito educativo, para tener derecho al incremento de la deducción por maternidad por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados del artículo 81.2 de la LIRPF, es necesario que tanto la guardería como el centro de educación infantil tengan la correspondiente autorización expedida por la administración educativa competente.

Unificación de criterio.

Este criterio ha sido superado por las sentencias del Tribunal Supremo, recursos nº 2779/2022 y 4995/2022, ambas de 8 de enero de 2024.

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 229.1.d)
  • Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
    • 81.2
  • RD 439/2007 IRPF Reglamento Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • 69.9
Conceptos:
  • Autorización
  • Deducciones
  • Gastos
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Maternidad
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas