Criterio:
Al tratarse de una medida fiscal vinculada al ámbito educativo, para tener derecho al incremento de la deducción por maternidad por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados del artículo 81.2 de la LIRPF, es necesario que tanto la guardería como el centro de educación infantil tengan la correspondiente autorización expedida por la administración educativa competente.
Unificación de criterio.
Este criterio ha sido superado por las sentencias del Tribunal Supremo, recursos nº 2779/2022 y 4995/2022, ambas de 8 de enero de 2024.