Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/00552/2021/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 23/02/2023
Asunto:

IRPF. Competencias de los órganos de gestión. Procedencia de utilizar el procedimiento de comprobación limitada en relación al régimen especial de atribución de rentas.

Criterio:

Los órganos de gestión actúan dentro de su competencia cuando no comprueban ningún elemento diferencial o propio del régimen especial de atribución de rentas, sino la aplicación de las normas generales del impuesto como consecuencia de la remisión que a ellas hace el artículo 89 de la LIRPF para la determinación de la renta a atribuir a los partícipes de la comunidad de bienes.

En el mismo sentido, con respecto al Impuesto sobre Sociedades, RG 5963/2021, de 4-10-2022, y RG 1242/2021 de 19-12-2022.

Nota: La resolución de 22 de marzo de 2023, RG 9093-2022, dictada en recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio, fija criterio aplicable para todos los regímenes tributarios especiales.

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 86
    • 87
    • 88
    • 89
Conceptos:
  • Atribución de rentas
  • Competencia
  • Comprobación
  • Comunidad de bienes
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF
  • Órganos de gestión
  • Procedimiento de comprobación limitada/abreviada
  • Régimen fiscal especial
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas