Criterio 1 de 1 de la resolución: 00/00129/2023/00/00
Calificación: Doctrina
Unidad resolutoria: TEAC
Fecha de la resolución: 12/12/2025
Asunto:

Procedimiento de recaudación. Impugnación de la diligencia de embargo. Suspensión de la ejecución de la sanción por haberse interpuesto reclamación y posterior recurso de alzada en vía económico-administrativa contra la providencia de apremio de dicha sanción.

Criterio:

En aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, en sentencia de 10 de marzo de 2025 (rec. cas. 3681/2023), la cual analiza el régimen aplicable a la suspensión de la ejecución de las providencias de apremio recurridas en vía económico-administrativa que dimanan de sanciones y, en particular, si les es de aplicación la suspensión automática sin garantías que prevé el artículo 212.3 de la LGT, debe concluirse que no resulta de aplicación la regla del artículo 212.3 de la LGT, sino el principio general previsto en el artículo 233.1, párrafo primero, de la LGT, de supeditación a la prestación de garantía.

 

Referencias normativas:
  • Ley 58/2003 General Tributaria LGT
    • 212.3
    • 233.1
Conceptos:
  • Diligencia de embargo
  • Ejecución
  • Impugnación
  • Procedimiento de apremio
  • Procedimiento de recaudación
  • Sanciones tributarias
  • Suspensión
Texto de la resolución: (Ver en nueva pestaña o ventana)

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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