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Fecha resolución: desde 29/01/2021 hasta 29/01/2021
Unidad resolutoria: TEAR de Cataluña
Se han obtenido 5 resultados.
  • Criterio 1 de la resolución 08/00089/2019/00/00 del 29/01/2021 - TEAR de Cataluña
    IVA. Exención. Actividades deportivas. - Los servicios de enseñanza de golf prestados por personas físicas en favor de entidades de carácter social (Club de Golf), constituyen actividades deportivas que deben calificarse como sujetas y no exentas, puesto que incumplen el requisito contenido en el artículo 20.Uno.13 LIVA consistente en que los servicios sean prestados directamente por una entidad de carácter ...
  • Criterio 1 de la resolución 08/04512/2018/00/00 del 29/01/2021 - TEAR de Cataluña
    IVA. Lugar de realización del hecho imponible. - En el presente caso la Administración considera que al no estar identificados los destinatarios actúan como particulares y los servicios se localizan en TAI en lugar de Alemania. Sin perjuicio de la prevalencia de los requisitos materiales sobre los formales, ha de tenerse en consideración que las ejecuciones de obra inmobiliarias que se califiquen como entregas de ...
  • Criterio 1 de la resolución 08/05385/2019/00/00 del 29/01/2021 - TEAR de Cataluña
    IVA. Exenciones. Enseñanza. - Los cursos de técnicas de adiestramiento de base para perros es una actividad exenta al ser desarrollada por un centro educativo y cumplirse los requisitos objetivos establecidos en la norma (cursos de formación integrados en los planes de estudio de la comunidad autónoma).
  • Criterio 1 de la resolución 08/08542/2020/00/00 del 29/01/2021 - TEAR de Cataluña
    Procedimiento sancionador. Renuncia a la tramitación separada. - El incumplimiento por parte de la Administración de la tramitación conjunta del procedimiento sancionador supone la vulneración de un derecho que conduce a la anulación de la sanción.
  • Criterio 1 de la resolución 08/11500/2018/00/00 del 29/01/2021 - TEAR de Cataluña
    IRPF. Reducción por inicio del ejercicio de una actividad económica. -  El límite del 50% de los ingresos, contenido en el último párrafo del art. 32.3 LIRPF, hace referencia a los ingresos de la actividad económica y no a la totalidad de rendimientos de cualquier fuente de renta obtenidos en el ejercicio

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

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